Estimados clientes,

Con el propósito de mantenerlos informados de los últimos cambios propuestos y aprobados en las jurisdicciones que ofrecemos para la incorporación de vehículos societarios y fiduciarios a continuación les enviamos información importante relativa a los importantes cambios que se están dando en la legislación societaria de Islas Vírgenes Británicas o BVI, (por sus siglas en inglés), de las que hemos venido enviándoles información desde hace varios meses.

  1. INTRODUCCIÓN

    Como es de su conocimiento, la “BVI Economic Substance (Companies and Limited Partnerships) Act, 2018 (as amended)” de aquí en adelante “ESA”, y además las Rules on Economic Substance in the Virgin Islands” (las Reglas) recientemente lanzadas el 9 de octubre de 2019 introducen requisitos y normas sobre sustancia para compañías y sociedades limitadas (LP’s) con personalidad jurídica que llevan a cabo «actividades relevantes» según lo definido en la ESA. Si su compañía realiza una actividad relevante durante cualquier período financiero y es residente fiscal en las Islas Vírgenes Británicas, estará sujeto a la legislación de la ESA. 

  2. PRÓXIMOS PASOS Y FECHA LÍMITE 
    Como las Reglas acaban de ser finalizadas y publicadas, estamos estableciendo contacto con aquellos que aún no se han comunicado con nosotros, para llamar su atención sobre los muchos requisitos y plazos que deben cumplirse. 
    Para aquellos que no tienen antecedentes o conocimiento de la legislación ESA, les proporcionamos a continuación algunos antecedentes para su lectura. 
    Para aquellos que ya están al día con la legislación y sus requisitos, pueden ir directamente a la sección VIII para ver los próximos pasos a seguir y las fechas límite. 
  3. ANTECEDENTES
    La ESA requiere que una entidad legal (definida a continuación) que realice una actividad relevante durante cualquier período fiscal cumpla con los requisitos de sustancia económica en relación con esa actividad. Una entidad legal puede realizar más de una actividad relevante durante un período fiscal. Una entidad legal se define bajo la ESA como:
    1. Sociedades de BVI;
    2. Compañías no pertenecientes a BVI que están registradas bajo el Título XI del Business Companies Act, 2004;
    3. Todas las sociedades limitadas (LP’s de BVI o extranjeras) excepto sociedades limitadas sin personalidad jurídica.

    No incluye a compañías no residentes o a sociedades limitadas (LP’s) no residentes.

  4. ENTIDADES NO RESIDENTES
    No residente significa que la LP / sociedad es residente a efectos fiscales en una jurisdicción fuera de las Islas Vírgenes Británicas y esa jurisdicción no figura en el Anexo 1 de la lista de jurisdicciones no cooperativas de la Unión Europea UE a efectos fiscales.

    La lista más reciente de la UE de jurisdicciones no cooperativas se puede encontrar a continuación en:

    https://www.consilium.europa.eu/en/policies/eu-list-of-non-cooperative-jurisdictions/

    ¿Por qué es importante la residencia fiscal?

    Si su entidad realiza una Actividad Relevante, pero es residente fiscal en una jurisdicción fuera de las Islas Vírgenes que no figura en el Anexo 1, la legislación de ESA no debería afectarlo. Sin embargo, se necesitan pruebas sólidas para justificar su solicitud fiscal de no residencia, por ejemplo, declaraciones de impuestos o una carta emitida por las autoridades fiscales que correspondan. 

  5. ENTIDADES LIQUIDADAS Y ESTRUCTURADAS

    Entidades liquidadas

    Según las Reglas, se espera que los requisitos de sustancia económica se apliquen a las entidades que están en liquidación. Según lo entendemos, las entidades liquidadas después del 1 de enero de 2019 deberán probar la sustancia hasta su fecha de disolución. 

    Entidades inactivas o abandonadas (struck off)

    Además, se infiere que las entidades en estado struck off del Registro Corporativo de BVI todavía se consideran entidades vivas para fines de Registro. Por lo tanto, las entidades inactivadas después del 1 de enero de 2019 también están sujetas a la legislación ESA. La categorización y el estado adecuado de las entidades afectadas son un debate continuo, por lo tanto, se espera recibir más actualizaciones con respecto a este asunto que les serán informadas en su momento.

  6. ACTIVIDADES RELEVANTES
    Una entidad legal que realiza una Actividad Relevante y es residente en las Islas Vírgenes Británicas debe cumplir con la legislación ESA. Las actividades relevantes significan cualquiera de las siguientes actividades:
    1. Negocio bancario;
    2. Negocio de seguros;
    3. Negocio de gestión de fondos;
    4. Negocios financieros y de arrendamiento financiero;
    5. Sede o casa matriz de negocios (headquaters);
    6. Negocio de envíos de mercancías (shipping);
    7. Holding (tenedora de acciones en otras compañías y que perciben ganancias o dividendos);
    8. Propiedad intelectual;
    9. Centros de distribución y servicios comerciales. 

    Estas actividades se analizan con más detalle en el formulario de clasificación adjunto.

  7. PERÍODOS FINANCIEROS Y DE INFORMACIÓN

    La sustancia económica se evalúa en base a los períodos fiscales, por lo que el cumplimiento con la legislación ESA se medirá durante períodos específicos de tiempo. Por otro lado, el informe de la sustancia y la información al International Tax Authority (ITA), por el otro lado, se evalúa en relación al período de informe. A los efectos de la legislación ESA, el período fiscal de una sociedad constituida a partir del 1 de enero de 2019 significa un período de no más de un año a partir de la fecha de constitución. Su período de informe al ITA será de 6 meses después del final de su período fiscal. Por ejemplo, si su compañía se incorpora el 2 de enero de 2019, su período fiscal será del 2 de enero de 2019 al 1 de enero de 2020. Su período de presentación de informes será el 1 de julio de 2020.

    Para las compañías constituidas antes del 1 de enero de 2019, su período fiscal comenzó el 30 de junio de 2019 y se extiende por un año hasta el 29 de junio de 2020. Su período de presentación de informes al ITA será de un máximo de 6 meses después de que finalice su período fiscal, que será el diciembre de 2020. Usted tiene la opción de elegir un cambio en el período fiscal de su entidad.

    Por ejemplo, si su compañía se incorpora antes del 1 de enero de 2019, su período fiscal comenzó el 30 de junio de 2019 y finaliza el 29 de junio de 2020. Su período de presentación de informes será el 29 de diciembre de 2020.

  8. ¿QUÉ SE ESPERA DE USTED Y PARA QUÉ FECHA?

    Envíe los siguientes puntos más tardar el 1 de noviembre de 2019 o antes:

    1. Formulario de autoclasificación
      Para cumplir con las obligaciones del agente registrado de su compañía de BVI en virtud de la legislación ESA, le solicitaremos que complete inmediatamente el formulario de autoevaluación y nos lo devuelva antes del 1 de noviembre de 2019. Consulte por favor el formulario de autoevaluación adjunto.
    2. ¿Ya está clasificado?
      Es posible que algunos de ustedes ya hayan sido clasificados por otra empresa, lo cual es una excelente noticia. Sin embargo, el agente registrado de su sociedad tiene la obligación a custodiar y presentar en su nombre la información al sistema Beneficial Ownership Secure Search (BOSS). Por favor envíe los resultados de su auto clasificación, la documentación de respaldo y, si la obtiene, los documentos de Opinión Legal / Certificación antes del 1 de noviembre de 2019.
    3. Otras cosas a considerar:
      • Ha determinado la residencia fiscal de sus entidades y ha obtenido la documentación de respaldo.
      • Ha determinado las fechas de inicio y finalización de los períodos fiscales de sus entidades.
      • Ha implementado medidas o está listo para implementar medidas en las Islas Vírgenes Británicas, si es necesario, para cumplir con las pruebas de sustancia económica, en caso de que sus entidades caigan dentro de la legislación ESA.
      • Ha considerado si necesitará una licencia comercial, un número de impuestos de nómina, un número de seguro social (SSN) y un número de seguro nacional de salud (NHI) si tiene la intención de que su entidad opere físicamente en las BVI como empleador. Si su entidad elige externalizar la sustancia a otra compañía de BVI, tal como se entiende de la ley, no será necesario que obtenga una licencia comercial, número de impuesto de nómina, número de seguro social o número de NHI.
  9. ¿QUÉ SE ESPERA DE SU AGENTE REGISTRADO? 
    1. Documentos para el sistema BOSS:
      Inicialmente, se tenía programado que las enmiendas de la Ley del sistema BOSS entrarían en vigor el 30 de junio de 2019. Sin embargo, aún no se han finalizado y todavía están en borrador. No obstante, para que el agente registrado de su entidad legal de BVI pueda cumplir con sus responsabilidades, le solicitaremos que proporcione la información solicitada en virtud de la Ley BOSS modificada. Enviaremos esta solicitud de información pronto en otro correo electrónico.
    2. Certificación legal / Opinión legal
      Necesitará un documento de certificación legal que confirme sus resultados de auto-clasificación. Este documento confirma que ha recibido una consulta legal que confirma el estado de la sustancia económica de su entidad legal bajo la legislación ESA. Los honorarios por este servicio serán de US$450.00 por la preparación del documento de certificación legal que proporciona la prueba necesaria de que su entidad cumple con la legislación. El Gobierno en BVI recomienda además que pueda corroborar aún más la posición de su compañía bajo la legislación ESA mediante la emisión de una resolución que indique cómo se obtuvieron los resultados de su clasificación.

Debemos hacer hincapié en la urgencia de las fechas límite establecidas anteriormente, por lo que esperamos tener noticias suyas antes de esa fecha.
No dude en ponerse en contacto con nosotros al correo [email protected] si tiene alguna pregunta específica sobre la legislación de Sustancia Económica.