Estimados clientes,

Dando continuidad a nuestros mensajes anteriores, informamos que la Dirección Nacional de Notariado de Costa Rica, ha establecido los pasos a seguir para el registro de la información que permita identificar a los Accionistas y Beneficiarios Finales de las sociedades.

Lo primero es que el accionista deberá otorgar un poder especial al agente residente de la sociedad, para que este pueda hacer el registro oficial de la información ante el Banco Central de Costa Rica (BCCR). Una vez el poder es recibido, se crea la personería jurídica que establece la distribución accionaria de la sociedad, hasta llegar al beneficiario final (persona natural) y se ingresa la información respectiva en el sistema del BCCR.

Para la presentación de la información del período 2019, el registro de la información se deberá realizar de acuerdo con la siguiente cronología:

Último dígito de la cédula jurídica de la sociedad Mes en que debe realizar la declaración
0 y 1 Septiembre 2019
2 y 3 Octubre 2019
4 y 5 Noviembre 2019
6 y 7 Diciembre 2019
8 y 9 Enero 2020

 

También es importante indicar que se establecen sanciones para aquellas sociedades que al 31 de enero de 2020 no hayan realizado la respectiva declaración o no sea posible determinar los beneficiarios finales.

Recuerde que AVANTGARDE LEGAL puede asistirles en el procedimiento de registro ante en el BCCR o bien, procesar cualquier disolución o liquidación que se requiera, de ser el caso.

Los exhortamos a proceder con los trámites necesarios lo antes posible, con el fin de evitar la imposición de multas por parte del Registro.

Si tiene alguna consulta, no dude en dirigirla a [email protected].de Sustancia Económica.